Introducción
El artículo 47 de la Ley nº 2005-102 de 11 de febrero de 2005 sobre "igualdad de derechos y oportunidades, participación y ciudadanía de las personas" hace obligatorio que cualquier servicio de comunicación pública en línea sea accesible para todos los ciudadanos, tengan o no discapacidad (visual, Trastorno auditivo, motor, de Dys...
Esta disposición se refiere a sitios web, intranets, extranets, aplicaciones móviles, paquetes de software y mobiliario digital (terminales interactivos). En una lógica de mejora continua, Île-de-France Mobilités persigue su compromiso diario de tener en cuenta la accesibilidad digital en sus acciones.
En cuanto a la normativa, el plan multianual de accesibilidad digital 2025-2028 de Île-de-France Mobilités se desglosa en planes de acción anuales que detallan los proyectos y recursos a implementar cada año.
Este documento presenta a continuación el plan de acción anual para 2025. Resume las acciones que se han llevado a cabo y se llevarán a cabo a lo largo de este año, así como su progreso.
A finales de 2025, este mismo documento detallará los resultados de cada plan de acción presentando:
- las acciones sobre el programa del año en curso;
- una fecha de vencimiento por acción;
- su estado de progreso.